El título de viaje para extranjeros es un documento que permite a los ciudadanos extranjeros que se hallan en territorio español, poder salir y regresar a España, siempre y cuando el país de destino se encuentre autorizado en el título de viaje emitido.
Si el objeto de viaje fuese posibilitar la vuelta del solicitante a su país de residencia, el título de viaje no dispondrá de la autorización de regreso a España.
Para poder tramitar el título de viaje para extranjeros es preciso que el ciudadano ya haya obtenido su cédula de inscripción, se halle en situación de legalidad y, que además cumpla con algunas exigencias reglamentarias.
Si desea tramitar su título de viaje para extranjeros no dude ponerse en contacto con Ciriano&Moreno Abogados, donde disponemos de un equipo de abogados profesionales y expertos en este tipo de tramitaciones.
El título de viaje es un documento que ampara a aquellos ciudadanos extranjeros que se hallan en suelo español y podrá ser requerido en diferentes situaciones:
Primeramente, es muy importante aclarar que los ciudadanos pertenecientes a la Unión Europea, al Espacio Económico Europeo o Suiza, no pueden obtener los beneficios de esta documentación.
Entre los requisitos a cumplir:
Toda la documentación a presentar ha de ir acompañada de copia de los documentos y exhibir los originales en el momento de presentar la solicitud.
Al tratarse de unos trámites legales que precisan garantizar la identidad de la persona solicitante, se le exigirá:
Siempre y cuando se aporte documentación de otros países esta ha de estar debidamente traducida al castellano o lengua cooficial del territorio donde se presente la solicitud.
Para evitar imprevistos, importante llevar los originales y copias por duplicado, sin ningún tipo de tachaduras, borrones o rectificaciones.
Todo documento público extranjero previamente ha de ser legalizado por la Oficina consular de España con jurisdicción en el país en el que se ha expedido dicho documento o, bien por el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación a excepción en el caso en que dicho documento haya sido apostillado por la Autoridad competente del país emisor según el Convenio de la Haya de 5 de octubre de 1961 y salvo que dicho documento esté exento de legalización en virtud de Convenio Internacional.
Importante tener en cuenta que tan solo el ciudadano extranjero va a ser la persona autorizada para realizar toda la tramitación, no pudiendo delegar en terceras personas para que actúen en su nombre. Para ello el ciudadano extranjero deberá de dirigirse a la Oficina de Extranjería o Comisaría de Policía de la provincia donde tenga fijada su dirección domiciliaria.
Las tasas de tramitación de título de viaje se devengan en el momento de la admisión a trámite de la solicitud y deberán de ser abonadas en un plazo de 10 días hábiles. Para ello se presentará impreso el modelo oficial 102.
El título de viaje tan solo autorizará la entrada a los países que en se mencionen y especifiquen, y preverá la vuelta a España a excepción que tan solo se expida para la vuelta del solicitante a su país de origen.
En el título de viaje quedarán reflejadas las fechas de duración y condiciones que limitan su uso.
El tiempo de respuesta a la solicitud será de 3 meses, a contar a partir del día siguiente a la fecha en la que los documentos fueron registrados ante el órgano competente para su tramitación.
Si en el plazo de 3 meses no hay respuesta o notificación por parte de la Administración, se entiende que la solicitud ha sido desestimada por lo que se conoce como silencio administrativo.
En el caso de recibir respuesta afirmativa se conseguirá el titulo de viaje con los detalles correspondientes.
El título de viaje será expedido con destino a los países que allí se detallen y preverá la vuelta a territorio español a excepción que se expida para la vuelta del ciudadano solicitante a su país de origen.
En el título de viaje debe de constar la vigencia máxima y limitaciones de uso.
Ante cualquier duda sobre los pasos a seguir a la hora de tramitar el título de viaje no dude contactar con Ciriano&Moreno Abogados, donde le ayudaremos a obtenerlo de manera segura y dentro de los plazos establecidos. Como grandes profesionales en el tema en cuestión, trataremos de facilitarle todo el procedimiento, evitando todo tipo de inconvenientes y retrasos innecesarios.
Resuelva cualquier duda que tenga sobre la homologación de títulos extranjeros contactando con Ciriano&Moreno Abogados. No dude en llamarnos, contamos con el 100% de casos resueltos con total éxito.
También puede ponerse en contacto a través del formulario en la sección de contacto.